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COMUNICADO | Declaración de la SAD sobre medicamentos de origen biológico

La prescripción de un medicamento es un acto médico científico, ético y legal resultante de múltiples variables que pueden afectar tanto la integridad profesional como la seguridad del paciente.

Teniendo presente que el código de ética de la Asociación Médica Argentina regula las responsabilidades en la prescripción de medicamentos, se debe compatibilizar las especialidades denominadas “biosimilares” (que en teoría promoverán el descenso del precio y fomentar la libre competencia y accesibilidad) con el concepto de soberanía terapéutica.

Ello es así toda vez que el derecho y la obligación de indicar medicamentos no se agota en la prescripción, sino que la responsabilidad médica se extiende a la dispensación, por lo que para en el supuesto de sustitución del mismo se deberá contar con la autorización mediante conformidad expresa y documentada.

Reivindicando la libertad de prescripción de cada especialista, y los riesgos que eventualmente podría generarse se recomienda por texto manuscrito o cualquier medio impreso consignar que “cualquier sustitución deberá contar con la conformidad de profesional médico debidamente documentada”, surgiendo del rótulo de la receta los medios de consulta.

Por lo demás se recuerda la obligación de reportar eventos adversos de los medicamentos al Sistema Nacional de Farmacovigilancia con sustento en la protección del paciente, la seguridad de la población afectada y la preservación de la responsabilidad profesional dermatológica.

Comité Ejecutivo

Grupos de Trabajo de Psoriasis e Hidradenitis Supurativa

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